OBLIGACIONES POR PARTE DE LOS PATRONES NOM-35 heza 2 diciembre, 2019

OBLIGACIONES POR PARTE DE LOS PATRONES NOM-35

BOLETÍN HEZA FI-0041

Con la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención (NOM-35), la cual entro en vigor el pasado 23 de octubre de 2019 por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), se generan obligaciones relevantes por parte de los patrones, según su número de trabajadores, entre las que se encuentran:

5.1       Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:
a)La prevención de los factores de riesgo psicosocial;
b)La prevención de la violencia laboral, y
c)La promoción de un entorno organizacional favorable.

5.4         Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.

5.5         Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada, o al médico del centro de trabajo o de la empresa.

5.6         Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud y el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial.

Los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas podrán efectuarse a través de la institución de seguridad social o privada, médico, psiquiatra o psicólogo del centro de trabajo, según corresponda, y deberán efectuarse de conformidad con lo establecido por las normas oficiales mexicanas que al respecto emitan la Secretaría de Salud y/o la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a falta de éstas, los que indique la institución de seguridad social o privada, o el médico del centro de trabajo, que le preste el servicio médico.

5.7         Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:
a)La política de prevención de riesgos psicosociales;
b)Las medidas adoptadas para combatir las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral;
c)Las medidas y acciones de prevención y, en su caso, las acciones de control de los factores de riesgo psicosocial;
d)Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral;
e)Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.

5.8         Llevar los registros sobre:
a)Las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale.
b)Los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, a actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.

Adicional a las anteriores los centros de trabajo que cuenten con más de 15 trabajadores tendrán las siguientes obligaciones:

Para centros de trabajo en los que laboren entre dieciséis y cincuenta trabajadores

5.2        Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.

5.7         Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:
e)Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial.

7.1         La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberán realizarse de conformidad con lo siguiente:
a)Deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, incluyendo a todos los trabajadores.

Para centros de trabajo en los que laboren más de 50 trabajadores

5.3         Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional.

5.7         Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:
e)Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y de las evaluaciones del entorno organizacional.

5.8         Llevar los registros sobre:
a)Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial

7.1         La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberán realizarse de conformidad con lo siguiente:
b)Deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional, las cuales se podrán realizar con una muestra representativa.

Es importante mencionar la publicación por parte de la autoridad en el Diario Oficial de la Federación en la cual pone a disposición cuestionarios (Opcionales y Obligatorios) con los cuales se planea el debido cumplimiento por parte de los patrones en relación a las obligaciones correspondientes a la presente norma.

Derivado de esto anterior se crearon algunas herramientas que ayudan al cumplimiento por parte de las compañías como puede ser:

https://www.contpaqi.com/evalua035

https://happinss.net/nom035/index.php

Estas Herramientas permiten a las compañías que los colaboradores contesten un cuestionario para identificar los factores de riesgo psicosocial en el trabajo que pueden afectar su salud mental (Algunos de manera gratuita), entregando así un reporte con sugerencias y acciones que pueden ayudar a prevención de los riesgos psicosociales.

Como siempre, el personal de Heza Consultoría especializado en la práctica está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de estas disposiciones.
MÁS INFORMACIÓN: Hugo Valdez
Asesor de Heza Consultoría Integral

FUENTE: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&fecha=23/10/2018