¿ERES ACTIVIDAD VULNERABLE? ¡CONOCE COMO AUTORREGULARIZAR OBLIGACIONES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA! heza 8 marzo, 2021

¿ERES ACTIVIDAD VULNERABLE? ¡CONOCE COMO AUTORREGULARIZAR OBLIGACIONES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA!

BOLETÍN LG-10-2021
Guadalajara-Jalisco

Guía Informativa – Programa de Auto Regularización Antilavado | GP&H

Dicho programa de auto regularización incluirán los actos u operaciones realizados a partir del 1 de marzo del 2020 y hasta que concluyan las medidas preventivas determinadas por el gobierno federal, es decir, aunque muchas personas pretenden regularizar otros periodos anteriores a al 1 de marzo, no es posible.

El SAT no ha sido tan flexible para establecer excepciones al cumplimiento de obligaciones, pues en abril del año pasado, se pronunció respecto al comunicado de la UIF para determinar su alcance, indicando que será únicamente para aquellos que tengan inconvenientes al recabar información, derivado del COVID 19.

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Además de lo anterior se describen las características de dicho programa de regularización.
•Se debe solicitar autorización del SAT para realizar la regularización, y
• El programa aplica exclusivamente para la presentación de los avisos, por lo que los demás deberes tienen que cumplirse en los plazos legales.

En caso de omisión de los avisos podría aplicarse una multa de 10,000 hasta 65,000 veces el valor de la UMA ($896,200.00 a $5,825,300.00 para 2021) o del 10 al 100 % del valor de la operación.

Multas por no presentar declaraciones por medios electrónicos y  contabilidad electrónica -

Como siempre, el personal de Heza Consultoría Integral te brinda la información importante para conocimiento de los procesos para el cumplimiento de tus obligaciones.

Fuente: www.uif.gob.mx